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Entidad bancaria: Caixabank
Número de cuenta: ES89 2100 5683 9102 0011 0135
BENEFICIOS FISCALES
Tras la entrada en vigor el 1 de enero de 2024 del Real Decreto-ley 6/2023, de 19 de diciembre, de los primeros 250€ que dones, te deduces 200€. Si eres donante particular, existen deducciones fiscales por donativos a ONG que pueden ir del 40% al 80% en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF).

Los nuevos porcentajes de deducción son los siguientes:
- Deducción del 80% para los primeros 250 euros donados.
- A partir de ese importe, es decir para el importe donado por encima de los primeros 250 euros:
- Deducción del 40%.
- Deducción del 45% siempre que en los dos años anteriores se haya realizado una donación a la misma entidad al menos por el mismo importe.
Las deducciones fiscales para personas jurídicas en el Impuesto de Sociedades son:
- Deducción del 40% (con el límite del 15% de la base imponible).
- La deducción pasa al 50% siempre que en los dos años anteriores se haya realizado una donación a la misma entidad al menos por el mismo importe.
Para incluir el donativo en la Desgravación Fiscal (Declaración de la Renta) es necesario que nos facilite la siguiente información: Nombre y apellidos, dirección postal, DNI e email. Si tiene cualquier duda estamos a su disposición en info@fundacionacogida.org

